¿Sabías que la palabra “factura” viene del latín y que en el Antiguo Imperio Romano, una factura era aquello que estaba hecho y acabado? Curioso, ¿verdad¿ Porque esto nos da una idea de lo que entendemos por factura ahora: un documento que acredita una operación acabada.
Para hilar más fino, una factura es un documento mercantil, con valor fiscal, que señala la compraventa de un bien y sevicio entre dos partes: el vendedor y el comprador.
Tiene valor fiscal porque es el único documento mercantil que sirve de justificante para la Agencia Tributaria (una factura proforma o un presupuesto, por ejemplo, no los puedes declarar).
Presentada la definición, toca hablar de los contenidos de una factura.
¿Qué contenidos tiene una factura?
La Agencia Tributaria distingue la factura simplificada de la factura completa. La primera es el documento que sustituye a los tíquets, por lo que vamos a la segunda:
- Nombre. Tiene que llevar el título “Factura”.
- Número de factura. Ha de seguir una serie numérica y correlativa. Sin saltos. Y esto es importante, porque para la Agencia Tributaria un salto o vacío levanta sospechas.
- Fecha de emisión.
- Nombre y apellidos o razón social del emisor y el destinatario de las facturas. Es decir: tuyos y de tu cliente.
- El Número de Identificación Fiscal (NIF) o CIF de ambos.
- Dirección postal del emisor y el receptor.
- Concepto o descripción de las operaciones (productos o servicios).
- Precio unitario (sin impuestos) de cada producto o servicio.
- IVA y tipo de IVA. Dependiendo del producto puede ser del 21% (tipo normal), 10% (tipo reducido) o tipo superreducido (4%).
- La fecha en que prestaste el servicio o vendiste el producto si difiere de la fecha de emisión de la factura.
- Si hubo pago anticipado (si no lo hubo, pues nada).
- Si la operación está libre de IVA, has de señalarlo, así como hacer referencia al artículo de la ley de IVA que así lo dispone o a la Directiva 2006/112/CE, de 28 de noviembre, relativa al sistema común del IVA.
- El importe total a pagar.
Cuántos puntos, ¿verdad? Pues mira, te puedes ahorrar todo el trabajo descargándote nuestro modelo de factura.
Y, por último, no olvides la siguiente información adicional, que debe constar también (solo en caso de ser necesario):
- Si es el destinatario el que hace la factura, deberá indicar que se trata de “facturación por el destinatario”.
- Si el sujeto pasivo del IVA, es decir, sobre quien recae el impuesto indirecto es el destinatario, se debe indicar “inversión del sujeto pasivo”.
- En entregas de transporte, se ha de constar: 1) la fecha de su primera puesta en servicio; 2) las distancias recorridas o las horas consumidas hasta hacer la entrega.
- Si formas parte del régimen especial de viajes o del régimen especial de bienes usados, objetos de arte, etc., has de hacerlo constar.